Neuquén | Municipalidad y aseguradora deberán resarcir a jubilado

Tuvo que esperar varios años, es cierto. Pero su momento tan ansiado llegó, y este jubilado de la Municipalidad de Neuquén accedió al cobro de $361.959 e intereses, por una vieja causa judicial.

El expediente se inició en 2011 y en las últimas semanas fue resuelto por la Sala Segunda de la Cámara Civil, a la que llegó por las apelaciones que habían realizado tanto el jubilado como Provincia ART.

En su apelación, el jubilado indicó que pese a que le habían recomendado que  no realizara tareas que demandaran esfuerzo, de todos modos se las asignaron. Dijo que a raíz de eso, cada vez que volvía a trabajar su salud se resentía, cosa que supuestamente ocurrió durante los 20 años de relación laboral.

Contó que se desempeñó en la dirección General de Transporte y Tránsito, y que realizaba tareas en el sector de obras y semáforos, con manejo de herramientas pesadas y martillo neumático “sin contar con las mínimas medidas de seguridad ni la realización de exámenes periódicos”.

Hizo hincapié, además, en “el grave incumplimiento de la Municipalidad al no informarle cual era la ART que le correspondía”, lo cual lo privó de las prestaciones dinerarias.

Ahora, al momento de resolver, los jueces Patricia Clerici y José Noacco revocaron la condena a la ART más allá de las prestaciones que corresponden por ley; y confirmaron la decisión de primera instancia en cuanto a su obligación de pagar lo correspondiente al contrato de seguro con el Municipio.

Los jueces dijeron que “es posible advertir que desde el año 1993 en que se identifica la primera dolencia relacionada con el uso del martillo neumático, se siguieron verificando lesiones relacionadas con sus tareas”.

“Esta circunstancia, sumada a la jubilación por invalidez, concurren a confirmar  la descripción de las tareas y el impacto que las mismas tuvieron en la salud del actor”, concluyeron.