La SSN realizó cambios en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora
Fue mediante la Resolución Sintetizada 217/2024 que se centró especialmente en lo que respecta a las coberturas de seguros de automóviles.
La Superintendencia de Seguros de la Nación introdujo cambios importantes en el Reglamento General de la Actividad Aseguradora a través de la Resolución Sintetizada 217/2024.
Gastos de traslado y estadía: en caso de daño y/o incendio que impida la circulación se incluye la cobertura de los gastos normales, necesarios y razonables por el traslado del vehículo asegurado al lugar más cercano para su inspección, reparación o puesta a disposición del asegurado, así como la estadía del mismo en garaje, taller, local o depósito para su guarda. No incluye estos gastos de traslado y estadía por motivos que no tengan vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto.
Servicio de remolques: se elimina la cláusula “CA-CO 15.1 Servicio de Remolques” del inciso a.1) del Anexo del Punto 23.6 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o Resolución SSN Nº 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias). Lo que significa que el remolque ya no será parte de las coberturas obligatorias del seguro del automóvil.
La Resolución está en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial el pasado 24 de abril, y desde ahí las aseguradoras cuentan con un plazo de 90 días para adecuarse a los nuevos cambios.
Es recomendable que los titulares de pólizas de seguro de automóviles consulten con sus respectivas aseguradoras y revisen sus coberturas para saber si estos cambios los afectan y entender cómo proceder bajo las nuevas regulaciones.