Estas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el boletín y resultarán de aplicación a partir del 1° de julio de 2026 inclusive.
Mediante la resolución general 5.830/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) exceptúa a bancos y seguros de controles para emitir facturas «A»
El organismo recaudador argumenta que, dado que los bancos y aseguradoras ya están bajo el estricto control del Banco Central (BCRA) y la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) —organismos que les exigen capitales mínimos y liquidez para operar—, no resulta necesario que la ARCA aplique controles adicionales para habilitar sus facturas.
La iniciativa entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín. Sin embargo, se aplica en forma plena desde el 1 de julio de 2026.
«Las mencionadas entidades se encuentran sujetas a requisitos específicos de liquidez, solvencia y/o capitales mínimos que hacen a su habilitación para operar, los cuales se encuentran regulados y controlados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) o por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN)», explicaron desde la ARCA.



