El Gobierno reglamentó las inversiones del FAL y la CNV avanza en los vehículos del fondo de indemnizaciones

A través de la Resolución 1276/2026, el Ministerio de Economía fijó las pautas de inversión de los aportes patronales destinados a cubrir indemnizaciones por despido, mientras que la Comisión Nacional de Valores abrió una consulta pública sobre los vehículos financieros del sistema. El mercado asegurador sigue de cerca un esquema que entrará en vigencia el 1° de noviembre próximo.

El Ministerio de Economía, a cargo de Luis Caputo, publicó el 12 de agosto la Resolución 1276/2026, que fija las pautas de inversión que deberán cumplir las entidades habilitadas para administrar los recursos del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). La norma establece cómo deberán invertirse los aportes acumulados en estos fondos destinados a afrontar futuras indemnizaciones por despido.

Entre los instrumentos habilitados figuran los títulos de deuda del Estado nacional, por lo que el dinero que las empresas aporten podrá ser colocado en bonos soberanos. La resolución establece que la administración de los recursos deberá regirse por criterios de «seguridad, liquidez, diversificación, transparencia y preservación del capital».

Al día siguiente, la Comisión Nacional de Valores dio un paso complementario: puso en marcha el proceso de elaboración participativa para reglamentar los Productos de Inversión Colectiva de Fondos de Asistencia Laboral (PIC FAL), la pieza central del esquema que definirá cómo se constituirán, administrarán e invertirán los recursos destinados a afrontar obligaciones derivadas de la extinción de las relaciones laborales.

La Resolución General 1161/2026, publicada en el Boletín Oficial, no constituye aún la regulación definitiva, sino que abre una instancia formal para que empresas, entidades financieras, profesionales, trabajadores y ciudadanos presenten observaciones, con un plazo de 15 días hábiles para las presentaciones.

El FAL fue creado por la Ley de Modernización Laboral 27.802, sancionada en marzo de 2026. El Gobierno reglamentó el sistema mediante el Decreto 408/2026: se trata de un mecanismo obligatorio para empresas privadas que financiará indemnizaciones por despido y juicios laborales mediante aportes mensuales, y alcanzará a 5,8 millones de trabajadores.

Las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones y las micro y pymes el 2,5%. El esquema comenzará a regir el 1° de noviembre de 2026, aunque los fondos recién podrán utilizarse desde abril de 2027, una vez cumplido el período mínimo de aportes exigido por la ley.

La arquitectura del sistema es relevante para el mercado asegurador, aunque con matices importantes. Algunos grupos aseguradores podrán participar del FAL si cuentan con estructura habilitada ante la CNV —no por su licencia como aseguradoras ante la SSN—, ya que las ART no pueden ofrecer el FAL en su carácter de aseguradoras de riesgo del trabajo, dado que son vehículos distintos supervisados por organismos diferentes.

La reglamentación de la CNV contempla incluso que un PIC FAL y un sistema de cese laboral puedan coexistir respecto de un mismo empleador, debiendo funcionar de manera coordinada.

El calendario del FAL genera expectativas —y también alertas— de cara a 2027. El Decreto 408/2026 postergó la entrada en vigencia del régimen al 1° de noviembre de 2026, aunque esa fecha solo marca el comienzo del sistema: la ley establece que los fondos no responderán hasta después de haber recibido las contribuciones de al menos seis períodos mensuales consecutivos.

Esto habilita la posibilidad de que las empresas realicen desvinculaciones masivas a partir del Día del Trabajador de 2027, ya en plena campaña electoral, al contar por primera vez con respaldo financiero acumulado para afrontar indemnizaciones sin necesidad de desembolsos inmediatos de caja. Para el sector asegurador, que ya viene siguiendo la evolución del FAL, la aprobación de estas normativas marca el inicio del tramo final de implementación de uno de los cambios más estructurales en el sistema de relaciones laborales en décadas.