Nuevas normas a la venta de seguros en bancos

El Banco Central busca, de esta manera, proteger a los consumidores y usuarios de seguros.

El 21 de agosto, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió su Comunicación «A» 5795 destinada a los Bancos y demás entidades financieras bajo su supervisión.

Mediante dicha Comunicación, el BCRA modificó las normas sobre «Protección de los usuarios de servicios financieros».

Las nuevas disposiciones pretenden incrementar la protección de los derechos de los usuarios de servicios financieros.

En lo relativo específicamente al ámbito asegurador, el BCRA dispuso que las entidades bancarias y financieras no podrán aplicar comisiones ni cargos por la contratación y/o administación de seguros, teniendo en cuenta que:

«Cuando por la naturaleza de los servicios financieros ofrecidos se encuentre prevista la contratación accesoria de un seguro, los sujetos obligados (N. del R.: los Bancos) deberán ofrecer a los usuarios de servicios financieros por lo menos tres compañías aseguradoras no vinculadas entre sí, entre las que deberán poder optar, y conservar constancia del ejercicio de ese derecho por parte de dichos usuarios».

Además, la Comunicación «A» 5795 establece que las entidades financieras no podrán cobrar cargos o comisiones:

– Por servicios financieros cuya comisión o cargo se encuentren incluidos en otros conceptos cobrados por las entidades.

– Por operaciones en ventanilla de personas físicas. Esto incluye los casos en los que se opera en sucursales diferentes a aquella en la que esté radicada la cuenta.

La medida tendrá vigencia a los 60 días hábiles contados desde la fecha de la Circular.